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Acuerdo provisional sobre los requisitos mínimos para la reutilización del agua en la agricultura europea


09/12/2019

Reutilización
Acuerdo provisional sobre los requisitos mínimos para la reutilización del agua en la agricultura europea

 

  • Las nuevas normas, propuestas por la Comisión en mayo de 2018, establecerán unos requisitos mínimos armonizados de calidad del agua para la reutilización segura en el riego agrícola de las aguas residuales urbanas tratadas
 
El texto recoge aspectos como los niveles de microbios en el agua o la frecuencia y características de los controles de calidad del agua.
 
La nueva normativa establecerá que las aguas urbanas residuales, que ya habrán tenido un tratamiento de acuerdo con la reglamentación comunitaria sobre este tipo de aguas usadas, serán sometidas a tratamientos adicionales con el fin de respetar los nuevos parámetros mínimos de calidad y poder, de esa forma, utilizarse en agricultura.
 
Virginijus Sinkevi?ius, comisario de Medio Ambiente, Océanos y Pesca, ha declarado que “con este acuerdo provisional estamos dotando a la UE de una potente herramienta para hacer frente a algunos de los problemas que plantea el cambio climático. Junto con las medidas de ahorro de agua y eficiencia en el uso de los recursos hídricos, el uso de aguas regeneradas en el sector agrario puede realizar una función importante a la hora de hacer frente al estrés hídrico y la sequía y garantiza, al mismo tiempo, la seguridad de nuestros ciudadanos”.
 
En la actualidad, la reutilización del agua es una práctica establecida en muy pocos Estados miembros, que se está explotando muy por debajo de su potencial. Las normas recientemente acordadas facilitarán y estimularán la generalización de esta práctica beneficiosa, que puede garantizar un suministro más previsible de agua no contaminada a los agricultores de la UE y ayudarles a adaptarse al cambio climático y a mitigar sus efectos.
 
Mediante el establecimiento de unos requisitos mínimos, las nuevas normas garantizarán la seguridad de esa práctica y aumentarán la confianza de los ciudadanos en los productos agrarios que se encuentran en el mercado interior de la UE.
 
Este enfoque armonizado también facilitará el buen funcionamiento del mercado interior de los productos agrarios y creará nuevas oportunidades de negocio para operadores y proveedores de tecnología.
 
En virtud de la nueva legislación, las aguas residuales urbanas que ya se hayan sometido a determinados tratamientos con arreglo a las normas de la Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas deberán someterse a un tratamiento adicional para cumplir los nuevos parámetros mínimos de calidad y, de ese modo, serán aptas para su uso en agricultura.
 
Además de los requisitos mínimos armonizados, la nueva legislación establece unos requisitos mínimos de seguimiento armonizados; disposiciones en materia de gestión de riesgos para evaluar los posibles riesgos adicionales para la salud y los posibles riesgos para el medio ambiente y hacerles frente; y un procedimiento de concesión de licencias y una serie de disposiciones sobre transparencia, en virtud de las cuales deberá ponerse a disposición del público la información más importante sobre cualquier proyecto de reutilización del agua.
 

Aprobación del acuerdo

 
El acuerdo provisional debe ahora ser aprobado oficialmente por el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE. Tras su aprobación, el Reglamento se publicará en el Diario Oficial de la UE y entrará en vigor a los veinte días de su publicación.
 

Conclusiones

 
El Reglamento propuesto por la Comisión contribuye a paliar la escasez de agua en la UE en el contexto de la adaptación al cambio climático. Garantizará que las aguas residuales tratadas que se destinan al riego agrícola sean seguras, protegiendo así a los ciudadanos y al medioambiente.
 
La propuesta cumple uno de los compromisos del Plan de Acción para la Economía Circular y completa el marco jurídico vigente de la UE en materia de agua y productos alimenticios.
 
También contribuye a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas en la UE (en particular, el objetivo n.º 6, sobre agua limpia y saneamiento), así como a la mitigación del cambio climático y a la adaptación a ese fenómeno.
 

Fuente economiacircular.org


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