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Aprobado el decreto de sequía con medidas para reducir riesgos y garantizar el abastecimiento en Andalucía


17/06/2021

Abastecimiento
Aprobado el decreto de sequía con medidas para reducir riesgos y garantizar el abastecimiento en Andalucía

 

  • La norma prevé posibles actuaciones y se adelanta a eventuales situaciones de escasez de agua en algunas zonas
 
El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible que regula los indicadores de sequía hidrológica y las medidas excepcionales para la gestión de los recursos hídricos en las demarcaciones hidrográficas intracomunitarias de Andalucía. El objetivo de la Junta es contar con un mecanismo de gestión ágil que, por un lado, se adelante a eventuales situaciones de escasez de agua que podrían afectar a algunos territorios andaluces y, por otro lado, siente las bases para ejecutar obras dirigidas a paliar los efectos de un posible déficit hídrico.
 
La sequía es una situación recurrente en Andalucía, dado su clima y el contexto hidrológico de esta región, marcado actualmente por un periodo seco que comenzó en 2018 y continúa aún en 2021. Esto se debe, principalmente, a la falta de precipitaciones durante 2019 y 2020, balance que presenta registros especialmente bajos en las provincias de Almería, Cádiz, Huelva y en algunos territorios de Málaga.
 
A ello se suma una evolución similar de las lluvias y aportaciones de agua a los embalses a lo largo del presente año hidrológico (2020-2021), que hace necesario tener previstas las medidas que podría ser necesario adoptar para minimizar el riesgo de declaración de sequía y aumentar la garantía de abastecimiento de los usuarios que podrían verse afectados si llegara a declararse en el futuro esta situación.
 
Por ello, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible ha elaborado un decreto dirigido, entre otros fines, a fijar los indicadores hidrológicos de entrada y salida en situación de sequía prolongada o excepcional y las medidas extraordinarias que se deben adoptar en cada caso para gestionar el agua de las demarcaciones hidrográficas Intracomunitarias andaluzas de la mejor manera posible.
 

Acciones singulares de ordenación y protección de los recursos hídricos

 
Esta norma recoge también la posibilidad de permitir la adopción de acciones singulares de ordenación y protección de los recursos hídricos, e incluye la definición de las obras de interés de la comunidad autónoma como medida extraordinaria para hacer frente a la situación de excepcional sequía en determinados sistemas de explotación de las demarcaciones hidrográficas intracomunitarias.
 
En cuanto a su estructura, el decreto contiene, entre otros apartados, 13 artículos y tres anexos centrados en la zonificación de las demarcaciones a efectos de la gestión de la sequía, en los umbrales de entrada y salida para la situación de excepcional sequía y en las medidas y actuaciones en ámbitos territoriales con aguas reguladas.
 
Destaca especialmente la disposición adicional segunda, que incluye la declaración de situación de excepcional sequía. Actualmente, coinciden con esta definición la Zona Mixta El Condado, relativa al embalse de Corumbel Bajo, en la provincia de Huelva; la Zona Regulada Sistema Barbate, ligada a los embalses gaditanos de Barbate y Celemín, y la Zona Regulada Viñuela-Axarquía, relativa al embalse de La Viñuela, en la provincia de Málaga.
 

Gestión del déficit hídrico

 
La Ley de Aguas de Andalucía contempla dos elementos diferenciados para gestionar la sequía: la Comisión de Gestión de Sequía y los Planes Especiales de Sequía. En el segundo caso, el Gobierno andaluz ha logrado ya la aprobación de los documentos relativos a las Cuencas Mediterráneas Andaluzas y a la demarcación hidrográfica Guadalete-Barbate.
 
Estas planificaciones articulan la gestión de los recursos de los diferentes territorios, pero no permiten la adopción de medidas excepcionales dirigidas a limitar los usos del agua.
 
Además, los planes especiales tampoco capacitan para ejecutar obras de emergencia que ofrezcan una fuente de recursos adicionales, como es el caso, por ejemplo, del tratamiento dirigido a obtener aguas regeneradas o para la puesta en marcha de proyectos relativos a conducciones que mejoren la distribución del agua.
 
Sin embargo, el decreto aprobado por la Junta posibilitará, por ejemplo, la ejecución de tratamientos terciarios en la Axarquía malagueña, una de las zonas más afectadas en la actualidad por la escasez de precipitaciones. Estas actuaciones permitirán regenerar aguas depuradas y, de esta forma, generar recursos hídricos adicionales.
 
Por esta razón resultaba necesaria la elaboración y tramitación, por parte de la Junta de Andalucía, de un decreto que regulase los indicadores de sequía hidrológica y las medidas excepcionales para la gestión del agua en las demarcaciones hidrográficas intracomunitarias de la región.
 

Fuente www.juntadeandalucia.es


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