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Canon de saneamiento, herramienta para la gestión y mantenimiento de las depuradoras


15/07/2021

Saneamiento urbano
Canon de saneamiento, herramienta para la gestión y mantenimiento de las depuradoras

 

  • La Ley de Saneamiento y Depuración de la Región de Murcia indica que el hecho imponible del impuesto es verter a una red municipal de saneamiento o sistema general de colectores
 
La Entidad Regional de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales (ESAMUR) gestiona las 99 depuradoras de aguas residuales existentes en la Región, así como las 56 estaciones de bombeo que les dan servicio. Aunque se trata de instalaciones de titularidad municipal, ESAMUR asume su gestión y control mediante convenios suscritos con los diferentes ayuntamientos.
 
La gestión de estas instalaciones supone un gran reto, para lo que es necesaria una adecuada financiación que haga posible una eficiente explotación y el adecuado mantenimiento.
 
Para ello cuenta con una herramienta fundamental, que es el canon de saneamiento. Se trata de un impuesto propio de la Comunidad Autónoma, creado en el año 2000.
 
La característica más destacable del canon es que es un impuesto finalista, es decir, que su recaudación solamente puede estar destinada a garantizar el buen funcionamiento de estas depuradoras. Por tanto, el canon se revierte en su totalidad en el mantenimiento de las depuradoras que ESAMUR gestiona y en su mejora constante, lo que incluye también inversión en I+D+i.
 
Además, su carácter es conforme a los principios europeos de ‘recuperación de costes’ y de ‘quien contamina paga’, ya que su cuantía es proporcional al consumo y, en el caso de aguas industriales, también es proporcional a la contaminación aportada.
 

¿Quién paga el Canon de Saneamiento?

 
La Ley de Saneamiento y Depuración de la Región de Murcia indica que el hecho imponible del impuesto es verter a una red municipal de saneamiento o sistema general de colectores.
 
Por lo que quien paga el canon de saneamiento es el titular del aprovechamiento del agua o titular del contrato de suministro de agua, tanto si se trata de dar servicio a una vivienda como a un establecimiento con actividad industrial, siempre que esté conectado al alcantarillado público.
 
Por eso la ley del canon diferencia dos usos de agua, los usos domésticos y los usos no domésticos. Los usos domésticos son los consumos de agua realizados en viviendas que dan lugar a aguas residuales generadas principalmente por el metabolismo humano y las actividades domésticas; y los usos No Domésticos son aquellos consumos de agua realizados desde establecimientos con actividades industriales.
 
También se consideran usos no domésticos aquellos consumos realizados desde locales comerciales o de servicios, pero siempre que su consumo anual supere los 1500 m3.
 

¿Cuáles son las cuotas de consumo para usuarios domésticos y no domésticos?

 
La primera tarifa del canon de saneamiento se estableció en el año 2002, que es cuando entró en vigor el impuesto, y posteriormente ha sufrido modificaciones para adecuarse a los costes de mantenimiento de las depuradoras, buscando siempre un equilibrio financiero. La última modificación de la tarifa se hizo en el año 2017.
 
Actualmente, la cuota de consumo de la tarifa doméstica es de 0,30 €/m3 y la tarifa no doméstica 0,42 €/m3. También hay una cuota fija por fuente de suministro y año, que en el caso de los usos domésticos se fija en 36 €/año y en los no domésticos 42 €/ /año.
 
Por ejemplo, en el caso de usos domésticos, una familia de 3 miembros con un consumo medio anual de 75 m3, pagará en concepto de canon de saneamiento 4,9 € al mes.
 
En las industrias en más difícil dar una cifra, ya que la tarifa no doméstica está afectada por dos coeficientes, el coeficiente de volumen y el de contaminación. El mayor impacto económico recae en aquellas empresas que por su alto índice de contaminación tienen mayor coeficiente.
 

¿Por qué el Canon de Saneamiento también aparece en la factura del agua?

 
La recaudación se lleva a cabo a través de las entidades suministradoras de agua, figurando su importe en los recibos que presentan al cobro las concesionarias de los servicios municipales de agua potable.
 
El canon de saneamiento también se aplica a suministros de otras fuentes distintas a las del agua de red, como es el caso por ejemplo del agua procedente de un pozo. En este caso es directamente ESAMUR la que emite los recibos correspondientes según los consumos declarados por los propios usuarios.
 

¿Cómo contribuye el Canon de Saneamiento a la calidad medioambiental y la Economía Circular?

 
El Canon de Saneamiento tiene un carácter disuasorio a través del coeficiente corrector que incrementa su importe en función de la contaminación aportada por los establecimientos no domésticos.
 
Esto contribuye a la prevención de la contaminación, ya que una empresa que tome medidas en origen tendrá una reducción importante en el canon de saneamiento. En este sentido existe una bonificación del 20 % para aquellas empresas que mantengan un alto nivel de depuración.
 
Lógicamente esto redunda en un mejor funcionamiento de las depuradoras gestionadas por ESAMUR y en una mayor calidad del agua depurada que puede ser destinada a otros usos como el riego agrícola.
 

Fuente www.esamur.com


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