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Comunicado de AGA sobre Trihalometanos y Seguridad del Agua


16/01/2020

Abastecimiento
Comunicado de AGA sobre Trihalometanos y Seguridad del Agua

 

  • La calidad de las aguas de consumo está regulada en todos los países de la UE per una misma normativa comunitaria, la Directiva 98/83/CE, complementada años más tarde por la Directiva (UE) 1787/2915


Para fijar los valores máximos admisibles de cada uno de los compuestos a controlar en las aguas (valores paramétricos), esta normativa toma como base las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y, para el caso de compuestos potencialmente cancerígenos, aplica un factor de seguridad adicional, resultando por tanto en valores todavía más restrictivos. En el caso de los trihalometanos, la citada directiva fija un límite de 100 μg/l para el sumatorio de los 4 compuestos que se encuentran regulados. 

Las aguas de consumo suministradas en España cumplen en todos los casos con las exigencias de esta normativa, transpuesta en el estado a través del Real Decreto RD 140/2003, y por tanto con las recomendaciones de la OMS, organismo mundial de referencia en materia de salud. Los valores obtenidos son siempre inferiores a los 100 μg/l, y en los últimos años se han ido optimizando con la aplicación de Planes de Seguridad del Agua y con la mejora de los tratamientos de potabilización existentes. 

Hay que tener en cuenta que los valores guía fijados por la OMS para los trihalometanos son todavía más elevados/tolerantes que los recogidos en la normativa europea y están basados en los estudios que continuamente realiza su agencia IARC (International Agency for Research on Cancer), el organismo científico de referencia mundial en el estudio del cáncer. Así pues, al cumplir con las exigencias de la normativa europea y nacional, las empresas suministradoras de aguas de consumo están cumpliendo con unos valores mucho más estrictos que los establecidos per la propia OMS (basados en los estudios de la agencia IARC). 

Hay que añadir, además, que recientemente se ha finalizado la elaboración de la nueva Directiva Europea de Aguas de Consumo y que ya existe acuerdo para su publicación durante este año 2020. La nueva Directiva mantiene el valor de 100 μg/l para el sumatorio de los trihalometanos: este valor ha sido reconfirmado en base a las recomendaciones de los expertos de la OMS que precisamente han sido consultados para su elaboración, y por tanto son plenamente vigentes para garantizar la seguridad sanitaria del agua. 

Finalmente, por lo que respecta a la generación de subproductos de la desinfección como los trihalometanos durante el necesario proceso de desinfección del agua, y a sus posibles riesgos sanitarios si se encontraran por encima de los límites fijados, la OMS establece con rotundidad que la minimización de los subproductos de la desinfección no deberá poner nunca en riesgo la correcta desinfección del agua.

Los riesgos de no desinfectar las aguas para no generar productos como los trihalometanos serían enormemente más elevados que los riesgos de hacerlo: hay que recordar que precisamente el cloro (y sus derivados) han sido los productos químicos que más vidas humanas han salvado a nivel mundial desde el inicio de su aplicación a principios del siglo XX. 

Los operadores de los sistemas de abastecimiento de aguas de consumo del estado, además de cumplir escrupulosamente con las recomendaciones de la OMS y las exigencias de la normativa europea vigente, aplican las mejores prácticas operativas para la minimización de los valores de trihalometanos por debajo de los valores regulados, dentro de la aplicación de los principios de gestión preventiva de riesgos y de los Planes de Seguridad del Agua: utilización de los mejores tratamientos en función de la calidad del agua bruta, reducción de los tiempos de residencia del agua en las redes de distribución, optimización de los niveles de los depósitos y de las recloraciones, aplicación de sistemas de reducción in situ, monitorización on-line, etc. 


Fuentes: 

  • Guidelines for Dinking Water Quality. 4th Edition. WHO, 2011.
  • IARC Monographs on the Evaluation of Carcinogenic Risks to Humans.
  • Directiva Europea 98/83/CE, relativa a la calidad de las aguas destinadas a consumo humano.
  • RD 140/2003, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano (versión consolidada 2018).
  • Proposal for a Directive of the European Parliament and of the Concil on the quality of water intended for human consumption . European Commission, February 2018.

 


Fuente www.asoaga.com


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