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El Colegio de Geólogos pide una regulación de los sondeos de investigación de aguas subterráneas


03/02/2019

Aguas subterráneas
El Colegio de Geólogos pide una regulación de los sondeos de investigación de aguas subterráneas

 

  • Regueiro recuerda que la legislación actual solo obliga a pedir permiso para los proyectos de investigación subterránea que prevean una futura captación de agua de más de 7.000 metros cúbicos al año

El presidente del Ilustre Colegio Oficial de Geólogos (ICOG), Manuel Regueiro, reclama una regulación a nivel nacional de los requisitos para la realización de sondeos de exploración para aguas subterráneas, “independientemente de que el resultado de los mismos sea el hallazgo de agua o no”.
 
El presidente del ICOG pide que cuando se realice cualquier perforación para aguas, además de la correspondiente licencia de obras, debería exigirse un proyecto de investigación suscrito por un técnico competente que lo elabore y lo presente ante la Confederación Hidrográfica correspondiente y, además, supervise la ejecución de la obra. Esto evitaría perforaciones innecesarias y, como se ha visto, peligrosas.

 
"LA LEGISLACIÓN ACTUAL SÓLO OBLIGA A PEDIR LA LICENCIA DE OBRAS, PERO NO OBLIGA A PRESENTAR UN PROYECTO PARA REALIZAR UN SONDEO DE INVESTIGACIÓN"
 
En este sentido, Regueiro recuerda que la legislación actual solo obliga a pedir permiso para los proyectos de investigación subterránea que prevean una futura captación de agua de más de 7.000 metros cúbicos al año.
 
Si la captación es inferior, el titular de la obra no tiene obligación de registrarlo previamente en el Registro de Aguas del Organismo de Cuenca ni pedir autorización alguna. Sólo una vez realizada la obra, si esta es positiva y se va a extraer el agua (aunque sea menos de 7.000 m3/año) es obligado inscribir el pozo en el registro.
 

Sellado de pozos

 
“Tampoco está claramente regulado el sellado de sondeos”, señala el presidente del ICOG. La legislación vigente, que data de 1986, obliga a sellar los pozos en los que cesa la actividad de extracción de agua. Sin embargo, no establece lo mismo para los sondeos de investigación que no encuentran agua o que no llegan a utilizarse como pozos.
 
“Un sondeo abandonado sin sellar, podría representar un grave peligro de caída para animales y personas, pero también supone un riesgo de contaminación de los acuíferos por la posible caída de materiales contaminantes y desechos”, explica Manuel Regueiro.
 
Respecto al método de sellado más adecuado, el presidente del Colegio de Geólogos matiza que depende del tamaño del sondeo y de si se trata de un pozo productivo o no. “En el caso de las perforaciones secas de poco diámetro, como la de Totalán, bastaría con regular que el propietario del terreno donde se haga deba volver a llenarla con la tierra extraída y cubrirlo con piedras”, asegura Regueiro.
 
En cambio, en pozos productivos, los geólogos recomiendan que se redacte, por un equipo multidisciplinar de especialistas, una normativa concreta para que luego se aplique en las distintas cuencas hidrográficas.
 
Como recomendaciones básicas sugieren su sellado mediante una serie de operaciones, como son la retirada de todo el material de impulsión, incluida la bomba y el cableado eléctrico, extraer total o parcialmente la tubería de revestimiento, rellenar el interior con material inerte y usar arcillas y cemento como sellante. Para terminar, se debe taponar la boca del pozo con arcillas o cemento, todo para evitar la entrada de contaminantes desde la superficie y posibles accidentes. Por último, conviene señalizar el lugar en el que se encuentra el pozo sellado.
 

Fuente cgeologos.es


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