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El Gobierno aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación de las Illes Balears


19/07/2015

Plan hidrológico
El Gobierno aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación de las Illes Balears
  • Se trata del primer Plan que se aprueba en el marco del segundo ciclo de planificación hidrológica, que deberá estar concluido antes de que termine este año
  • El nuevo Plan sustituye al actualmente en vigor, e incluye las cuencas íntegramente comprendidas en el ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma
 
El Consejo de Ministros ha aprobado la pasada semana, por Real Decreto el Plan Hidrológico de la demarcación Hidrográfica de las Illes Balears, el primer Plan que se aprueba en el marco del segundo ciclo de la Planificación Hidrológica que deberá estar concluido antes de que acabe el año.
 
Este nuevo  Plan sustituye al hasta ahora en vigor, aprobado por el Real Decreto 684/2013, de 6 de septiembre, e incluye las cuencas íntegramente comprendidas en el ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma.
 
El Plan, que ya fue  informado favorablemente en el último Consejo Nacional del Agua celebrado el pasado 27 de mayo, ha seguido en su elaboración el procedimiento de evaluación ambiental estratégica, conforme a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears.
 
El nuevo Plan aprobado la pasada semana incluye un Programa de Medidas que, descrito en su Memoria, se concreta en los Programas de Actuación e Infraestructuras que se incorporan como anejo a la parte normativa.
 

Elaboración autonómica

 
La fase de elaboración autonómica de conformidad con artículo 4 del  Decreto 129/2002, de 18 de octubre, de Organización y régimen jurídico de la Administración Hidráulica de las Illes Balears, concluyó con la aprobación inicial del Consejo de Gobierno de las Illes Balears en su reunión de 8 de mayo de 2015, y su posterior remisión al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para tramitar su aprobación de conformidad con el artículo 83 del Reglamento de la Planificación Hidrológica.
 
Al tratarse de un plan hidrológico intracomunitario, y teniendo en cuenta la extensión de cada una de las partes en las que se estructura, su publicidad se materializó a través de la publicación formal del contenido normativo del Plan y sus anejos en el «Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears», de conformidad con el artículo 3.2 de la citada parte normativa del Plan, y la publicación de la Memoria y sus anexos en la página Web de Dirección General de Recursos Hídricos de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio.
 
La aprobación del Plan Hidrológico de la demarcación Hidrográfica de las Illes Balears abre una nueva etapa en la planificación hidrológica que culminará con la  aprobación de los 24 planes pendientes antes de que acabe el año.
 

Fuente www.magrama.gob.es


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