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El milenario Tribunal de las Aguas de Valencia presente en EFIAQUA 2017


20/11/2017

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El milenario Tribunal de las Aguas de Valencia presente en EFIAQUA 2017

 

  • Entre los expositores de la próxima edición de Efiaqua 2017 -firmas todas ellas con una clara apuesta por la más alta tecnología e innovacion en el sector- va a destacar uno que, precisamente, se distingue por la particularidad de ser una institución con más de mil años de existencia y única en el mundo: el Tribunal de las Aguas de Valencia
 
El Tribunal de las Aguas de la Vega de Valencia, conocido también como Tribunal de las Aguas (en valenciano, Tribunal de les Aigües), es una institución de Justicia encargada de dirimir los conflictos derivados del uso y aprovechamiento del agua de riego entre los agricultores de las Comunidades de Regantes de las acequias que forman parte de él (Quart, Benàger i Faitanar, Tormos, Mislata, Mestalla, Favara, Rascanya, Rovella y Chirivella). En septiembre de 2008, fue designado Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad.
 
El Tribunal es un tribunal consuetudinario. Está formado por un representante de cada una de las Comunidades de Regantes que forman parte, ocho en total, denominados Síndicos, y de entre ellos uno es elegido presidente por un tiempo que normalmente es de un bienio, renovable.

 

Funcionamiento 

 
Cada jueves de la semana (excepto los festivos que se anticipa al miércoles y aquellos que van desde Navidad a Reyes) se reúne en sesión publica a las 12 en punto del mediodía y posteriormente se celebra la sesión administrativa en la Casa Vestuario de la Plaza de la Virgen de Valencia para discutir diversos asuntos, principalmente la distribución del agua.
 
Pero es a las 12 en punto del mediodía, mientras suenan las campanas del Miguelete, cuando el Tribunal se constituye formalmente en la Puerta de los Apóstoles de la Catedral de Valencia, en la misma plaza. Es entonces cuando el alguacil, con el permiso del presidente, llama a los denunciados de cada una de las acequias, con la tradicional frase: “denunciats de la sèquia de…! ”.
 
El juicio se desarrolla de forma rápida, oral e íntegramente en valenciano. El denunciante, que puede ser el guarda o cualquier afectado, expone el caso ante el Tribunal, y después el denunciado se defiende a sí mismo y responde a las preguntas que se le formulan. Es a continuación cuando el Tribunal, con la excepción del síndico de la acequia en cuestión, para garantizar la imparcialidad, decide la culpabilidad o no del denunciado, y en caso afirmativo, es el síndico de la acequia quien impone la pena a pagar por el infractor, de acuerdo con las Ordenanzas de la propia Comunidad de Regantes. Todavía hoy en día la pena se impone en “sueldos”, tal y como se hacía en época medieval, entendiéndose actualmente por “1 sueldo”, el sueldo diario del guarda de la acequia.
 
Las características del Tribunal se pueden definir según el Profesor V.Fairen en: oralidad, concentración, rapidez y economía. Y el Profesor V. Simó Santonja pone de relieve por encima de estas características la solidaridad que rige en la organización.
 

Jurisdicción del Tribunal

 
Son objeto de la jurisdicción del Tribunal de las Aguas: los mismos miembros del Tribunal, las Comunidades de Regantes, los atandadores, las personas jurídicas (por ejemplo las Cámaras Agrarias), los arrendatarios, los comuneros, los concesionarios de aguas, los regantes, los propios denunciantes y terceras personas. Pueden denunciar delante del Tribunal los síndicos, los elets que forman parte de la junta de cada Comunidad, el guarda (que viene a ser como un fiscal) y terceras personas.
 

Fuente efiaqua.feriavalencia.com


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