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Entra en vigor el nuevo reglamento de vertidos de Andalucía que unifica el sistema de autorizaciones para aguas litorales y continentales


13/05/2015

Reglamento de vertidos
Entra en vigor el nuevo reglamento de vertidos de Andalucía que unifica el sistema de autorizaciones para aguas litorales y continentales
  • El nuevo reglamento de vertidos andaluz entró en vigor ayer de acuerdo con su publicación en en BOJA tras su aprobación el pasado marzo por el Consejo de Gobierno de la comunidad autónoma
 
La Asociación de Abastecimientos de Agua y Saneamientos, ASA-Andalucía, muestra su satisfacción por la unificación del régimen jurídico del procedimiento de autorización y modificación de los vertidos efectuados al dominio público hidráulico y marítimo terrestre de competencia Andaluza.
 
El reglamento introduce medidas para la tramitación telemática, la reducción de tiempos y la disminución de la documentación requerida. Además, incorpora la obligación de publicar en internet las autorizaciones de vertido concedidas, para conocimiento de la ciudadanía. Como novedad, destaca que el nuevo reglamento autoriza y regula los desbordamientos de los sistemas sanitarios en épocas de lluvias, (aliviaderos), siguiendo las pautas solicitadas desde la Asociación.
 
Excluidas las aguas continentales de la Cuenca Hidrográfica del Guadalquivir y carencias en la regulación de la reutilización
 
El nuevo reglamento de vertidos desarrolla la Ley andaluza de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. La norma tiene como objetivo homogeneizar, agilizar, reforzar y actualizar este instrumento de protección ambiental y sustituye a la normativa vigente desde 1994, que sólo incluía los vertidos a las aguas litorales andaluzas. Si bien, no es de aplicación a los vertidos de aguas continentales de la Cuenca Hidrográfica del Guadalquivir.
 

Otras cuestiones de interés

 
Por otro lado, el nuevo reglamento de vertidos andaluz establece que las autorizaciones reguladas se condicionan a límites cuantitativos, objetivos de calidad y cánones proporcionales a la carga contaminante de cada vertido, así como al desarrollo de planes de vigilancia y medidas correctoras. El reglamento introduce nuevos criterios de valoración relativos a la reutilización de aguas depuradas. Desde ASA-Andalucía, se considera que debería de haberse regulado la reutilización con mayor profundidad, para fomentar la misma.
 
El reglamento que ha entrado en vigor recoge la prohibición absoluta de los vertidos que no cuenten con la correspondiente autorización y establece el régimen sancionador. Los ayuntamientos son los competentes de los vertidos a fosas sépticas y redes de saneamientos municipales. En todo caso serán competencia de la Consejería los vertidos a las fosas sépticas si las aguas de las mismas pudieran alcanzar el dominio público hidráulico o marítimo terrestre, siendo la Administración autonómica la competente en la autorización y seguimiento de los vertidos efectuados al dominio público hidráulico de las demarcaciones hidrográficas intracomunitarias, y el dominio público marítimo terrestre del litoral andaluz.
 
Desde ASA-Andalucía se señala que "ahora toca regular los servicios del ciclo integral del agua de uso urbano, facilitar la gestión de los lodos de las depuradoras, los cánones locales, el precio del agua, etc..."
 

Más información 

 
 

Fuente www.asa-andalucia.es


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