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Las EDAR de Andalucía deberán comunicar sobre los lodos resultantes del tratamiento de aguas residuales


17/02/2019

Gestión de lodos
Las EDAR de Andalucía deberán comunicar sobre los lodos resultantes del tratamiento de aguas residuales

 

  • Este trámite permanecerá en plazo hasta el próximo 01 de marzo
 
Las personas titulares de las Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales que generen lodos resultantes del tratamiento de aguas residuales urbanas y/u otros lodos resultantes del tratamiento de efluentes de la Industria Alimentaria o fosas sépticas y enumerados en el Anexo I de la orden citada, deberán realizar una comunicación sobre la Información de la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR).
 

Información a proporcionar

 
La Orden de 6 de agosto de 2018 desarrolla y regula en esta comunidad autónoma, la información que deben proporcionar las personas titulares de las depuradoras de aguas residuales y las entidades gestoras que realizan la aplicación en suelos de los lodos de depuración tratados, y que se establece a nivel nacional en la Orden AAA/1072/2013, de 7 de junio, sobre utilización de lodos de depuración en el sector agrario, en desarrollo del Real Decreto 1310/1990, de 29 de octubre, por el que se regula la utilización de lodos de depuración en el sector agrario. 
 

 


Fuente www.juntadeandalucia.es


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