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Mejor protección de las aguas superficiales y subterráneas para fortalecer la resiliencia hídrica de la Unión Europea


25/09/2025

Calidad del agua
Mejor protección de las aguas superficiales y subterráneas para fortalecer la resiliencia hídrica de la Unión Europea
 
  • La Presidencia del Consejo y los representantes del Parlamento Europeo alcanzaron un acuerdo político provisional sobre una propuesta de directiva para revisar y actualizar las listas de contaminantes que afectan a las aguas superficiales y subterráneas , así como las normas reguladoras correspondientes
  • Este acuerdo actualiza las normas de calidad ambiental para diversos contaminantes e incorpora otras nuevas, alineando la política hídrica de la UE con la evidencia científica más reciente
 
La revisión constituye un paso importante para salvaguardar la calidad del agua en Europa. Refuerza el marco para combatir las sustancias químicas nocivas, mejora la vigilancia y garantiza la coherencia de las normas con los planes hidrológicos de cuenca que rigen la aplicación de las políticas hídricas en toda la UE.
 
"Este acuerdo garantiza que la legislación europea sobre el agua se mantenga al día con la ciencia y los contaminantes emergentes. Logra un equilibrio preciso entre ambición y flexibilidad para los Estados miembros, a la vez que refuerza la protección de nuestros ríos, lagos y aguas subterráneas. Sobre todo, protege la salud de los ciudadanos de la UE y de las generaciones futuras al reducir la exposición a sustancias químicas nocivas en el agua". Magnus Heunicke, Ministro de Medio Ambiente e Igualdad de Género de Dinamarca
 

Elementos principales del acuerdo


Lista actualizada de contaminantes 

 
El acuerdo introduce nuevas sustancias en las listas prioritarias, entre ellas plaguicidas, productos farmacéuticos, bisfenoles y sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas (PFAS). El ácido trifluoroacético (TFA), un producto de degradación de ciertas PFAS, se añadirá a la cantidad inicialmente propuesta de 24 PFAS para aguas superficiales.
 
También se introduce una norma general de plaguicidas para aguas superficiales, fijada en 0,2 µg/l, que abarca las sustancias ya catalogadas como prioritarias. El bisfenol A se designa como sustancia peligrosa prioritaria. Se desmarcan ciertas sustancias que ya no son relevantes a nivel de la UE, como la atrazina, mientras que se endurecen las normas para otras, de acuerdo con las últimas recomendaciones científicas.
 

Monitoreo y presentación de informes

 
El acuerdo refuerza y agiliza las obligaciones de seguimiento y presentación de informes de los Estados miembros de la UE, con el fin de mejorar la supervisión y la transparencia de la calidad del agua en toda la UE sin imponer cargas administrativas excesivas. Los Estados miembros deberán ahora:

 

  • Informar cada tres años sobre datos de calidad biológica de la salud de los ecosistemas acuáticos en aguas superficiales
  • Informar los datos sobre la calidad química de las aguas superficiales y subterráneas cada dos años, con la opción de que los Estados miembros informen los datos anualmente de forma voluntaria.
  • El informe sobre el estado general de las masas de agua se mantiene cada seis años, de acuerdo con el ciclo de seis años para los planes de gestión de cuencas hidrográficas.
 
Se introducirá el monitoreo basado en efectos (MBE) en aguas superficiales, lo que mejorará la capacidad de detectar mezclas químicas nocivas. El MBE es un enfoque avanzado para evaluar la calidad del agua que se centra no solo en sustancias químicas específicas, sino también en el impacto global de los contaminantes en los ecosistemas y organismos acuáticos. En lugar de medir únicamente sustancias químicas individuales, el MBE evalúa cómo una combinación de sustancias químicas afecta al medio ambiente. En particular, se exigirá un uso limitado y específico del MBE para sustancias estrogénicas durante un período de dos años.
 
Para ayudar a los Estados miembros a desarrollar nuevos métodos y supervisar el creciente número de sustancias prioritarias, el acuerdo prevé la posibilidad de establecer un mecanismo de seguimiento conjunto a nivel de la UE. La Comisión evaluará las opciones para su establecimiento, financiación y funcionamiento. El uso del mecanismo será voluntario y accesible para todos los Estados miembros interesados.
 

No deterioro y exenciones 

 
La Directiva Marco del Agua (DMA) ya exige a los Estados miembros prevenir el deterioro del estado de las masas de agua. Hasta ahora, esta obligación se había enmarcado de forma general en la DMA y se había aclarado con el paso de los años mediante la jurisprudencia del Tribunal de Justicia. Los colegisladores acordaron una definición de deterioro coherente con la jurisprudencia vigente.
 

"El acuerdo de hoy es un paso importante para lograr un agua más limpia para todos los europeos. Estamos dando un gran paso adelante para limitar la contaminación del agua causada por PFAS, pesticidas y otras sustancias químicas peligrosas. Esto se ajusta a la ambición establecida en la Estrategia Europea de Resiliencia Hídrica de lograr una Europa más resiliente al agua. El agua limpia es buena para las personas, para el medio ambiente y para nuestra economía: una inversión que nos reportará muchos beneficios". Jessika Roswall, Comisaria de Medio Ambiente, Resiliencia Hídrica y Economía Circular Competitiva

Se introducirán dos exenciones adicionales: una para el deterioro temporal a corto plazo y otra para los casos en que la contaminación se reubique sin aumentar las cargas generales. Se aplicarán salvaguardias, en particular en relación con el agua potable.
 

Cumplimiento y plazos 

 
Los Estados miembros tendrán hasta 2039 para lograr el cumplimiento de las nuevas normas tanto para las aguas superficiales como para las subterráneas, con una posible prórroga adicional y estrictamente condicionada hasta 2045. En el caso de las sustancias con normas de calidad ambiental revisadas y más estrictas en las aguas superficiales, la fecha límite para el cumplimiento es 2033.
 
Se mantiene el plazo de 20 años para la eliminación progresiva de sustancias peligrosas prioritarias, garantizando así la eliminación progresiva de los contaminantes más peligrosos.
 

Próximos pasos 

 
El acuerdo provisional será refrendado por el Consejo y el Parlamento antes de su adopción formal y entrada en vigor. Los Estados miembros deberán transponer la directiva a su legislación nacional antes del 21 de diciembre de 2027.
 

Fondo

 
Según datos de los planes de gestión de cuencas hidrográficas, herramienta clave de la Directiva Marco del Agua (DMA), el 46% de las aguas superficiales y el 24% de las subterráneas de la UE no alcanzan un buen estado químico, con grandes diferencias entre los Estados miembros. El control de adecuación de la DMA de 2019 destacó la necesidad de actualizar la lista de sustancias contaminantes preocupantes (incluidos plaguicidas, fertilizantes y productos químicos) para compensar las deficiencias de la lista actual, que omite algunas sustancias emergentes y se centra en sustancias individuales, sin tener en cuenta los efectos acumulativos o combinados de las mezclas. El control de adecuación también identificó deficiencias en la implementación que se traducen en datos incongruentes entre los Estados miembros y en una gestión y presentación de datos deficientes.
 
La directiva propuesta modificará la Directiva Marco del Agua, la Directiva sobre Aguas Subterráneas y la Directiva sobre Normas de Calidad Ambiental, y contribuirá a la ambición de la UE de tener un medio ambiente libre de contaminación nociva para 2050.
 

Fuente www.consilium.europa.eu


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